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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 16 de diciembre del 2025 temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1500. Los reyes de España ofrecen a Colón un desagravio por las ofensas recibidas del gobernador Francisco de Bobadilla. 1846. Un decreto del presidente Pedro Santana declara libres de gravamen de importación desde el primero de enero de 1847 hasta el 28 de febrero del mismo año el arroz, harina de trigo, bacalao, carne de cerdo y res, frijoles y maíz. 1911. El ex Presidente Horacio Vásquez inicia un movimiento armado en Puerto Plata, para impedir que el senador Eladio Victoria asuma el poder, tras ser proclamado presidente por el Senado, para llenar el vacío dejado por el asesinato del Presidente Ramón Cáceres. 1918. El comandante de las tropas de ocupación norteamericana mayor C. F. William, ordena realizar el examen físico al dominicano Rafael Trujillo, para su ingreso a la recién creada Guardia Nacional. 1933. Entra en la margen de la ría Ozama, a las 2:30 de la tarde, la primera unidad naval de guerra de la Marina de Guerra, bautizada con el nombre de "Presidente Trujillo". 1937. El Congreso Nacional otorga un voto de confianza al presidente Rafael Trujillo, "por su ejemplar actuación en el caso fronterizo", que causó la muerte de miles de haitianos. 1954. Son fusilados los 14 participantes en el asalto a la sucursal de Santiago del banco The Royal Banc of Canada, en el sector Los Platanitos, donde se le aplicó la ley de fuga. El general Ludovino Fernández que acusado de la acción. 1957. Es creada la provincia Pedernales, cuyo territorio fue segregado a la provincia Barahona. 1962. El Sacerdote Jesuita Láutico García acepta debatir con el candidato presidencial del PRD, Juan Bosch, su acusación de este era marxista-leninista hecha en un artículo titulado "Gobierno y Agitación". 1996. Muere en Santo Domingo, el abogado y el miembro de la Academia Dominicana de la Historia, Manuel de Js. Goico Castro. 1997. El Senado convierte en ley 271-97, mediante la cual se actualizan las funciones de la Junta Central Electoral, la previamente había sido aprobada el días nueve por la Cámara de Diputados. 2002. Fallece a la edad de 72 años en su ciudad natal de Bonao, la luchadora antitrujillista y defensora dela conservación del medio ambiente, Aniana Ondina Vargas Jáquez. 2005. El embajador de Estados Unidos en el país, Hans Hertell, visita el recinto de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), donde entrega una donación de US$19,000 al rector Roberto Reyna, para programas de lucha contra el Sida. 2007. Decenas de personas mueren ahogadas como consecuencia del vaciado de la presa de Tavera, con el paso por el territorio nacional de la tormenta Olga. 2018. El pastor evangélico Ezequiel Molina Rosario asegura que en el país "y en todo el mundo", los grandes empresarios y políticos consumen drogas, por lo que están equivocados quienes piensan que el uso de sustancias narcóticas sólo lo hacen los de abajo. 2020. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) coloca el país entre las cuatro naciones de la región (Paraguay, Nicaragua y Panamá), cuyo nivel de endeudamiento con acreedores externos supera el 70% de su Producto Interno Bruto (PBI). Internacionales: 1485. Nace Catalina de Aragón, reina de Inglaterra, hija de los reyes católicos. 1631. Hace erupción el volcán Vesubio al sur de Italia, provocando la destrucción de cinco ciudades y la muerte de más de 3.000 personas. 1770. Nace Ludwig van Beethoven, compositor y pianista del clasicismo alemán. 1773. Se produce en Boston, el llamado Motín del Té, protesta de colonos americanos contra Gran Bretaña. 1901. Nace Margaret Mead, antropóloga estadounidense, célebre por sus estudios de las sociedades no industriales y su contribución a la antropología social. 1902. Nace el poeta español Rafael Alberti. 1939. Nace la actriz sueca Liv Ullman. 1944. Adolfo Hitler desencadena la ofensiva de las Ardenas, el último intento del régimen nazi por cambiar el curso de la guerra. 1946. La ONU admite como miembro de la organización la República de Tailandia. 1950. El presidente de los EE.UU. Harry Truman declara el estado de emergencia nacional a raíz de la guerra en Corea. 1963. La ONU acepta como su nueva miembro, la República de Kenya. 1966. La Asamblea General de la ONU adopta los pactos internacionales de Derechos Civiles y Políticos, Económicos, Sociales y Culturales, como refuerzo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. 1986. El presidente estadounidense, Ronald Reagan, solicita al Congreso otorgar inmunidad a los principales responsables del Irangate, teniente coronel Oliver North y el ex consejero de Seguridad Nacional John Poindexter, en un intento de evitar el lento goteo, de revelaciones que amenazan con desintegrar su presidencia y persuadirles a testificar. - Sicarios al servicio del narcotraficante colombiano Pablo Escobar acribillan frente a las instalaciones del periódico El Espectador, a su director Guillermo Cano, quien al momento de su muerte escribía sobre ascenso del capo colombiano. 1990. En Haití, el candidato del Frente Nacional para el Cambio y la Democracia y cabeza del movimiento Lavalás, el ex sacerdote Jean Bertrand Aristide, obtiene el triunfo con el 67% de los votos sobre Marc Bazin, candidato respaldado por Estados Unidos. 1999. Venezuela es escenario por segundo días de las intensas lluvias que dejan más de 30,000 muertos, en lo que se llamó la Tragedia de Vargas. 2002.En Lusaka (Zambia) se firma el Acuerdo de Lusaka, que establece las bases del proceso de paz que finalizarían la Segunda Guerra del Congo. 2013. En Venezuela, el oficialismo chavista se impone en 20 de los 23 estados y el opositor Henrique Capriles gana en Miranda, en las elecciones generales. 2014. Un grupo talibán abre fuego contra una escuela en Peshawar (Pakistán), causando al menos 151 muertos y 131 heridos, en su mayoría niños. 2015. El ministro de Hacienda de Brasil, Joaquim Levy, deja el cargo y el país sudamericano pierde su "grado de inversión" por parte de la agencia calificadora Fitch. 2017. El Congreso peruano aprueba debatir el pedido de destitución del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, por "incapacidad moral permanente", al presuntamente ocultar pagos de la constructora brasileña Odebrecht, a una de su empresa Westield Capital, cuando era ministro de Economía. - El juez federal conservador de Texas Reed O´Connor, declara "inválida" la Ley de Cuidado de Salud Asequible, promulgada por el presidente Barack Obama, en un fallo emitido la víspera de que venza el plazo para contratar pólizas para el año entrante. 2020. El presidente iraní, Hasan Rohaní, expresa su alegría de que su par estadounidense, Donald Trump, deje su cargo, tras calificarle de "terrorista" y "desprovisto de principios humanos". 2021. Con la liberación de los 12 misioneros que continuaban secuestrados en Haití, se pone fin a una larga agonía iniciada a mediados del mes de octubre, cuando un comando del grupo armado "400.Mawozo" capturó a 17 religiosos que regresaban de una misión. 2022. El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) de Perú anuncia el traslado del expresidente peruano Pedro Castillo Terrones a una cárcel en Lima, tras el Poder Judicial dictaminar 18 meses de prisión preventiva en su contra. 2024. Más de 1,300 menores separados a la fuerza de sus padres en la frontera de México y EEUU siguen sin reunirse con ellos seis años después, lo que representa casi una tercera parte de los que en ese momento sufrieron una de las medidas más radicales de la política migratoria del entonces presidente Donald Trump, según un informe conjunto de Human Rights Watch, la ONG Texas Civil Rights Project y un centro de derechos humanos de la Universidad de Yale.

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lunes, 7 de febrero de 2022

Los fundamentos técnicos del fideicomiso público

Aquiles Calderón
Santo Domingo, RD

Durante las últimas semanas se han suscitado intensas confrontaciones sobre la figura del fideicomiso público. Sin embargo, cuando las pasiones se desbordan, la razón se nubla y la cordura se oculta.

  En  nuestro caso, el activismo político se circunscribe al ámbito de las disquisiciones entre contertulios. He sido -eso sí- un entusiasta cultivador del fideicomiso y de las alianzas público-privadas, habiéndome correspondido participar en la redacción de su normativa legal e intervenir en la estructuración o asesoría de la mayoría de fideicomisos los públicos conformados en el país, no así en el fideicomiso para la administración de la Termoeléctrica de Punta Catalina, lo que nos permite plantear una opinión objetiva sobre el tema, distante de posturas que pudieren resultar interesadas. 

La razón de ser de los fideicomisos públicos consiste en la posibilidad de provisión de servicios públicos y la ejecución o administración de obras de interés colectivo, bajo un esquema que permita agregar valor a la función del Estado, mediante la incorporación de herramientas, prácticas y procedimientos propios de la gestión privada que resultan consustanciales a las actividades generadoras de riqueza. No obstante, la constitución de todo fideicomiso público debe partir de un análisis de pertinencia y de una evaluación exhaustiva de los riesgos para así lograr que la estructuración de la operación resulte técnicamente correcta, consistente con las motivaciones que la impulsaron, funcional, y compatible con el interés publico.

En el lenguaje del trust anglosajón se habla de certeza de intención, certeza de objeto y certeza de fines y destinatarios. Un esquema que no resista ese test, habrá de resultar defectuoso. 

En el caso del fideicomiso para la administración de la Termoeléctrica Punta Catalina, el solo hecho de que su concertación haya propiciado toda una oleada de cuestionamientos, sugiere que los riesgos envueltos en la operación debieron ser evaluados con mayor esmero; sobre todo en aspectos tan sensibles como la integración del Comité Técnico, la regulación de los procesos de compras y contrataciones, la adhesión de fideicomitentes, la validación de políticas o decisiones públicas; debieron ser abordados con mayor reflexividad, a la luz del derecho administrativo y de la doctrina fiduciaria, pues en su configuración técnico-jurídica se revelan “ostensibles oportunidades de mejora”.

Es pertinente enfatizar que el fideicomiso público no conlleva la transformación de un bien público en una propiedad privadaNo constituye una fórmula de privatización, ni de expropiación. La clave técnica del asunto radica en el concepto de “patrimonio autónomo”; en aplicación del cual los bienes colocados bajo un fideicomiso conforman un compartimiento independiente que se destina de forma exclusiva al logro de los fines que dieron lugar a su constitución, evitando así un manejo discrecional de los recursos; los cuales solo podrán ser utilizados para la consecución del objetivo que haya dado origen al fideicomiso, siguiendo las instrucciones previamente establecidas en el acto constitutivo del mismo.

En el caso del fideicomiso público, el artículo 4, literal d, del Reglamento de Aplicación de la Ley No. 189-11 (cuya redacción resultó ser la que propusiéramos durante su etapa de consulta) lo define como aquel que es “constituido por el Estado o cualquier entidad de Derecho Público con respecto a bienes o derechos que formen parte de su patrimonio o con el objetivo de gestionar, implementar o ejecutar obras o proyectos de interés colectivo”.

Los rasgos característicos del fideicomiso público se manifiestan en función de que a la persona del fideicomitente, como en función de sus fines y de su objeto, ya que se constituye por disposición del Estado, mediante el aporte de determinados bienes o derechos que forman parte de su patrimonio y que serán destinados a la realización de una actividad de interés público, bajo el entendido de que estos activos pasarán a engrosar un “patrimonio autónomo”, que para fines operativos quedará bajo la administración y dominio legal del fiduciario; sin que por ello, su naturaleza pública se transforme, puesto que permanecerán indisolublemente ligados a una función de interés colectivo.

Por demás, la posibilidad de que el Estado recurra al esquema del fideicomiso público se inscribe dentro de la facultad general de contratación de la administración, al amparo de los artículos 128 y 147 de la Constitución de la República. La constitución y administración de un fideicomiso público, como generalizadamente se admite en todas las legislaciones que consagran la figura, se rige por las mismas reglas y principios que gobiernan el objeto y alcance del contrato de fideicomiso ordinario, solo que apuntalándolas sobre las normas constitucionales y del derecho administrativo que regulan la formación de los contratos en que participa el Estado. Por tanto, al margen de que el ejercicio del dominio fiduciario; y con ello, la tutela, protección y la la gestión económica y financiera de dichos bienes se encuentren a cargo de una institución fiduciaria; dado su origen público, los mismos se mantendrán sujetos al control y fiscalización del Estado, puesto que su naturaleza pública no se extingue por el tránsito que experimentan al patrimonio de un fideicomiso, sino que estos recursos conservarán siempre su esencia pública. Este es un principio fundamental del fideicomiso público, pues el fideicomiso no puede servir como escudo para propiciar la realización de operaciones que no podrían llevarse a cabo en ausencia de esta estructura. En puridad ahí reside la esencia técnica de una operación de esta naturaleza.

 

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