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54Grado.com : Hoy es jueves 2 de abril del 2026 . Faltan 273 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1805. En su retirada en desbandada, el general haitiano Jean-Jacques Dessalines comete una matanza en la ciudad de Moca, resultando víctimas ancianos, mujeres y niños. 1849. El Congreso llama al general Pedro Santana para que enfrente la invasión haitiana que se produce en ese momento. 1878. El gerente de comercio de los Estados Unidos en el país comunica a su gobierno que Santo Domingo había sido tomada "por 600 rufianes de la peor catadura que había visto", en referencia al recién instalado gobierno del general Cesáreo Contreras. 1895. José Martí y Máximo Gómez llegan a la isla Inagua, en su viaje rumbo a Cuba para luchar por independizar de España esta nación. 1962. El doctor Juan Isidro Jimenes Grullón renuncia como miembro de la Unión Cívica Nacional, invocando su "radical discrepancia con las orientaciones de la política seguida por el Comité Central Ejecutivo". -Este día la revista Ahora editorializa atribuyendo al Gobierno una alegada tendencia a querer ejercer un control o dominio en la prensa. 1970. Al menos siete organizaciones políticas de oposición anuncian que no participarán en las elecciones del 16 de mayo, luego de conocer la decisión del presidente Joaquín Balaguer de buscar su reelección. -El coronel Donald J. Crowley, agregado militar de la Embajada norteamericana en el país, quien fue secuestrado el 24 de marzo de este año, viaja hacia Washington, regresando semanas después para identificar a los acusados de su secuestro. 1974. El presidente Joaquín Balaguer emite el decreto 4476, mediante el cual instituye el 18 de abril de cada año como Día del Locutor Dominicano. 2008. Fallece a la edad de 83 años la señora Lucy Mercedes Hernández, viuda del fundador del PRD, Nicolás Silfa. 2011. Las autoridades anuncian el apresamiento del ciudadano rumano Martín Cristian Dorel, requerido por la justicia de su país, acusado de terrorismo y otros cargos. 2012. La República Dominicana consigue, por segundo año consecutivo, un récord Guinness al completar mil horas de lectura continua y en voz alta, en un maratón en el que participaron 900 jóvenes. 2013. La Cámara de Diputados aprueba por unanimidad el proyecto de ley que dispone la exhumación y el traslado al Panteón de la Patria de los restos del coronel Rafael Tomás Fernández Domínguez. 2017. Fallece a la edad de 87 años el abogado, diplomático y periodista Rafael Molina Morillo, fundador de la desaparecida revista semanal ¡Ahora!, el vespertino El Nacional y el matutino El Día, del que fue director hasta su deceso. 2020. Con el propósito de evitar el contagio y la expansión del coronavirus en todo el territorio nacional, las autoridades sanitarias prohíben las tradicionales actividades religiosas en las diferentes iglesias durante la Semana Santa. 2022. El Ministerio Público, el FBI, la DNCD y el Cuerpo Especializado de Seguridad Portuaria requisan durante varias horas, a solicitud de Estados Unidos, el lujoso yate Flying Fox, propiedad del magnate ruso Dmitri Kamenshchik, que se encuentra surto y retenido en el puerto Don Diego de la Ciudad Colonial del Distrito Nacional. 2023. El Ministerio Público revela durante la audiencia de medida de coerción por el caso de supuesta corrupción conocido como "Operación Calamar" que el diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Sergio Moya, será incluido en el expediente, al ser señalado por al menos cuatro de los inculpados en la referida acción como uno de los responsables de cobrar de manera irregular a bancas de lotería para poder operar. 2024. Amnistía Internacional solicita, a través de una carta abierta dirigida al presidente Luis Abinader y otras instituciones estatales, "poner fin a las violaciones de los derechos humanos a las personas de ascendencia haitiana y de color negras", lo que afirma "genera efectos discriminatorios para la exclusión de haitianas y dominicanos de piel morena". 2025. El ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez, anunció la reanudación de las conversaciones de la República Dominicana con Haití, tras esta última enviar un embajador permanente al país, interrumpidas en 2023 a raíz de la tensión desatada por la construcción de un canal de riego que desviaría las aguas del río Masacre hacia el lado haitiano. Internacionales: 999. Es iniciado el célebre papado de Gerberto de Aurillac, Silvestre II, primer papa francés. 1332. En Vitoria (España) se firma la escritura de incorporación de Álava a Castilla, reconociendo esta el fuero de aquella. 1453. En la actual Turquía, Mehmet II emprende el sitio de Constantinopla con 300,000 hombres y 1,400 galeras. 1513. En Norteamérica, el militar español Juan Ponce de León y sus marineros son los primeros europeos que desembarcan en la península de Florida. 1550. En Madrid, el rey de España ordena enseñar castellano a los indígenas. 1695. Gran insurrección india en territorio del actual estado de Arizona, Estados Unidos. 1767. Carlos III de España decreta la expulsión de los jesuitas. 1792. En Estados Unidos, bajo la presidencia de George Washington, el dólar es declarado unidad monetaria nacional. 1810. Napoleón contrae matrimonio con María Luisa, hija del emperador de Austria, Francisco. 1867. En México, el ejército republicano al mando del general Porfirio Díaz toma la ciudad de Puebla. 1979. El primer ministro israelí Menachem Begin visita El Cairo, capital de Egipto. 1982. Argentina recupera las islas Malvinas y comienza la guerra con el Reino Unido de Gran Bretaña. 1984. Un comando palestino asesina a 48 personas en Jerusalén. 2001. El ejército israelí realiza un atentado contra Mohamed Abdel Al, destacado dirigente del movimiento fundamentalista de la Yihad Islámica. 2002. El ginecólogo italiano Severino Antinori asegura haber clonado con éxito un ser humano, a pesar del radical rechazo de la comunidad científica internacional a la clonación reproductiva. -Países Bajos se convierte en el primer y único país en legalizar la eutanasia (que ya estaba despenalizada desde 1994). 2005. Muere a la edad de 84 años, luego de varios días de agonía, Su Santidad Juan Pablo II, quien dirigió la Iglesia católica durante 26 años. 2008. En Ecuador, la Asamblea Constituyente aprueba las reformas relacionadas con la soberanía nacional, incluyendo un artículo que prohíbe la instalación de bases militares extranjeras en el país. 2010. El primer ministro de Rusia, Vladímir Putin, realiza una visita de 12 horas a Venezuela, donde firma acuerdos para la explotación de la zona petrolífera de la faja del Orinoco. 2012. El presidente de Hungría, Pál Schmitt, anuncia en el Parlamento la dimisión de su cargo, después de que se le retirara su título de doctor por plagio. 2013. La ONU aprueba el Tratado sobre el Comercio de Armas tras más de una década de negociaciones. Al menos 147 muertos, la mayoría estudiantes, es el resultado de un ataque de la milicia somalí Al Shabab en la Universidad de Garissa, Kenia. 2017. Unas 254 personas resultan muertas y más de 200 desaparecidas en la comunidad de Mocoa, Colombia, tras una avalancha de lodo provocada por las fuertes lluvias. -En Ecuador, Lenín Moreno (sucesor del presidente Rafael Correa) es proclamado como ganador de las elecciones presidenciales. 2019. El último de los líderes árabes que dominaron con puño de hierro la época poscolonial, Abdelaziz Bouteflika, anuncia su dimisión tras semanas de multitudinarias protestas populares para exigir su salida del poder y la exigencia de su propio ejército de declararlo constitucionalmente inhabilitado. -El presidente estadounidense, Donald Trump, ataca de nuevo a los que llama "groseramente incompetentes políticos" de Puerto Rico, acusándolos de solo "quejarse" y gastar de manera "corrupta" los fondos federales para las labores de reconstrucción tras los huracanes que afectaron la isla en 2017. -El coronavirus supera el millón de contagios (1,005,871) y suma 51,432 muertos, reportándose en menos de 24 horas más de 70,000 contagios en más de 204 regiones y países, de acuerdo con los datos de Worldometers y la Universidad Johns Hopkins. 2022. Las fuerzas rusas aceleran su repliegue del norte de Ucrania, tras varias semanas de bombardeos y combates que dejaron un panorama apocalíptico, con cuadros macabros como el de 20 cadáveres esparcidos en una calle de Bucha, cerca de Kiev. 2023. La Fiscalía General mexicana anuncia la detención de cinco personas a las que acusa de incendiar un centro de detención migratorio de Ciudad Juárez (fronteriza con Estados Unidos), que deja 39 migrantes muertos y 27 heridos. 2024. El sumo pontífice de la Iglesia católica simplifica el ritual del funeral de los papas, por lo que el cuerpo del papa Francisco no será expuesto en público, según revela en el libro El Sucesor, escrito por el periodista español Javier Martínez-Brocal, en el que confirma que será enterrado en la basílica de Santa María la Mayor y no en las grutas vaticanas. En Jerusalén, miles de personas marchan al domicilio del primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, en el marco de la llamada "Semana Nacional de Protesta", convocada por la oposición contra el Gobierno para pedir elecciones anticipadas. 2025. Un juez federal de Estados Unidos desestima los cargos de corrupción contra el alcalde de la ciudad de Nueva York, Eric Adams, a solicitud del presidente Donald Trump, porque obstaculizaba la ayuda del político demócrata con la ofensiva gubernamental contra la migración ilegal.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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