Este cargo tendrá dependencia funcional del presidente y adscripción administrativa al Ministerio de la Presidencia, en los términos previstos en el artículo 36 de la Ley número 247-12.
Tal y como establece el decreto, el comisionado coordinará y dirigirá las labores de revisión y fiscalización de los contratos en estrecha colaboración con el Ministerio de Educación (Minerd), la Contraloría General de la República y demás órganos competentes.

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