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viernes, 11 de diciembre de 2020

Prohíben reconocer deudas y contratos

Santo Domingo, RD

La Contraloría General de la República prohibió a los ministros, directores generales y demás funcionarios del Estado, prolongar la contratación de obras, bienes y servicios, realizados mediante contrato, cuyo término de vigencia perimió, sin que hayan sido sometidos a un nuevo proceso de contratación o adenda conforme a la ley.

A través de la resolución 2020-0012, firmada por el Contralor Luis Rafael Delgado Sánchez, la prohibición abarca a las entidades sujetas a la Ley 10-07, que establece el Sistema Nacional de Control Interno y su reglamento de aplicación 491-07.

Delgado Sánchez, también dispone, a la fecha de este dictamen, la prohibición del registro en el Sistema de Registro de Contratos de la Contraloría la certificación de documentos denominados “Reconocimiento de Deuda”, por tratarse de una convención contraria a las leyes y evasora del Sistema Nacional de Control Interno (SINACI). Asimismo, instruyó a la Dirección de Revisión y Control de Calidad conjuntamente con el departamento de Registro de Contrato, verificar y comprobar los requerimientos de los incumbentes de las instituciones que a la fecha tengan factura y constancia de deudas, por suministro de obras, bienes y servicios al Estado, a los fines de validar dicha acreencia y recomendar al Contralor la autorización del pago. La Contraloría advierte que ha constituido una práctica incorrecta de algunas instituciones del Estado, cuyos responsables suelen prolongar convenios obviando la modalidad de contratación.

DATO

Legal
Luego que dichos contratos han concluido y perdido su fuerza legal es un hábito que constituye una fragrante violación a la Constitución y a las leyes, que es preciso corregir.

 

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