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jueves, 12 de marzo de 2015

Juez del TC explica sentencia que prohíbe a AMET incautar o retener vehículos


SANTO DOMINGO.- El juez del Tribunal Constitucional (TC), doctor Hermógenes Acosta, dijo  este jueves que el mecanismo de ejecución de una sentencia, es la sanción económica a la persona o institución transgresora del fallo constitucional según la ley 137 orgánica del tribunal.

“El mecanismo que se consagra en la ley 137, que es la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales, se establece  una sanción económica que se le aplica a cualquier persona que no cumple con la ejecución de una sentencia”, sostuvo. 
Según el magistrado, el  Tribunal está creando una estructura interna con la finalidad de darle seguimiento al cumplimiento de las sentencias como la han desarrollado otros países que tienen más experiencia   en este campo. 
El criterio del TC está contenido en la sentencia TC/00 021/15, con motivo de una acción directa de inconstitucionalidad sometida en contra de los artículos 27, 47, 65, y 92 de la ley 241 sobre tránsito de vehículos de motor, de fecha 28 de diciembre de 1967. 
El experto constitucionalista expuso su parecer en el programa Telematutino 11 que se difunde por Telesistema canal 11, de 8 a 9 de la mañana.
Declaró en ese escenario que entre otras  disposiciones, tenga a bien prohibirles a la Autoridad Metropolitana de Transporte, en lo adelante, incautar, retener o embargar un vehículo, sin la autorización de un juez o tribunal, por ser dicha actuación u ordenanza contraria a la Constitución en sus artículos 6, 8, 40-1,46,51. 
Asimismo, sostuvo que la ley explica que los magistrados que conforman el Tribunal Constitucional tengan  a ponerle un astreinte de Cincuenta mil pesos dominicanos (RD$50,000.00) diarios contra la AMET, y en contra de su director, por cada vehículo que se ha incautado, retenido o embargado, sin la autorización expresa de un juez, ya que transgrede los artículos 6, 8, 40.1, 46, y 51 de la Constitución, y el artículo 8 de la Convención Americana. 
Esa acción fue presentada por el señor Juan de Jesús Javier Polanco, quien alegó la inconstitucionalidad de la ordenanza que autoriza a la AMET retener, incautar o embargar un vehículo sin que medie la autorización expresa de un juez.

Autor: FRANCISCO AQUINO

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