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miércoles, 25 de marzo de 2015

Domínguez Brito advierte al Ministerio Público sobre aplicación de ley en casos de peligro de fuga


SANTO DOMINGO.- El procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, declaró que el que delinque de manera constante debe estar en la cárcel, por lo que advirtió al Ministerio Público sobre la necesidad de prestar atención a las reformas del Código Procesal Penal,
específicamente en lo concerniente a los casos en que exista peligra de fuga.
El procurador resalta la reforma del Código Procesal Penal de conformidad con la Ley 10-15 que introduce modificaciones a la Ley No. 76-02 que establece el Código Procesal Penal de la República Dominicana, e una comunicación dirigida a los procuradores generales adjuntos, de cortes de apelación, fiscales y fiscalizadores.
Domínguez Brito expresó “ya les había comunicado algunos puntos de interés, sin embargo, quiero resaltar lo contenido en el artículo 57 de la reforma, el cual estipula las modificaciones al artículo 29  de la Ley No. 76-02, estableciendo que para decidir sobre el peligro de fuga el juez toma en cuenta: la imposibilidad de identificación cierta y precisa del imputado, como consecuencia de su pretensión de ocultar su verdadera identidad a los fines de evadir su responsabilidad o la posesión de más de un documento de identidad”.
Además destaca que se tomará en cuenta la existencia de un proceso pendiente o condenas anteriores graves, encontrarse sujeto a alguna medida de coerción personal, gozar de la suspensión, requerir la revisión de las medidas de coerción impuestas en todos los casos anteriores.
Igualmente, la no residencia legal en el país, o aun con residencia legal, la no existencia de los elementos serios de arraigo.
“Es fundamental la aplicación estricta de ese articulado. El que delinque de manera constante debe estar preso, ya que constituye un peligro para la ciudadanía que trabaja y busca la paz. Estas personas no pueden obtener su libertad teniendo estos delitos precedentes”, enfatizó el Procurador General.

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